DGT · IVACosta Rica19 de agosto de 202618 min

IVA en exportación de servicios Costa Rica 2026: cómo documentarlo

Cómo tratar el IVA cuando exportas servicios desde Costa Rica en 2026: factura electrónica al exterior, CABYS, D-104 o Formulario 150, evidencia de uso fuera del territorio y errores que no son el reintegro de turismo ni la guía del freelancer.

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Nompli

Equipo Nompli

IVA en exportación de servicios Costa Rica 2026: cómo documentarlo

Exportar un servicio no es un atajo de IVA por intuición

Facturar a un cliente fuera de Costa Rica puede cambiar el tratamiento del IVA, pero no porque el SWIFT sea extranjero. El hecho imponible, el lugar de utilización del servicio y las reglas de exportación o de no sujeción las fija la normativa. Esta guía ordena evidencia y cierre. No publica alícuotas ni una lista eterna de servicios que “siempre van a cero”.

Es distinta de facturar al extranjero como freelancer, que cubre contrato, cobro, cédula y emisión práctica. Aquí el foco es el IVA: débito, crédito, casillas y pruebas de que el servicio se usó fuera del territorio cuando la norma lo exige.

También es distinta de IVA devuelto turismo y exportadores. Ese texto habla de reintegros y regímenes asociados a turismo o a ciertos exportadores. Si tu caso es un estudio de software o una consultora, no copies ese expediente.

Confirma calificación, CABYS y casillas en hacienda.go.cr y en el instructivo del D-104 o del Formulario 150. Un tweet de un colega no es norma.

Qué debes poder demostrar (más que el país del banco)

Contrato o orden con el no domiciliado. Descripción del servicio. Dónde se usa o se consume. Factura electrónica con receptor y moneda según tu emisor. Comprobante de cobro. Correos de entrega. Si la norma pide prueba de utilización fuera de Costa Rica, reúne esa prueba. El IBAN de Miami no basta solo.

El CABYS debe narrar el servicio real. Un código de mercadería para un desarrollo a medida es un cruce feo. No “arregles” el IVA cambiando CABYS a escondidas.

Si el cliente es una sociedad costarricense con casa matriz afuera, no asumas exportación. El receptor en la FE y el uso del servicio mandan. Pregunta a tu contador antes del primer XML del mes.

Persona física o jurídica: la cédula del emisor es la tuya. No factures a nombre de un amigo para “exportar mejor”. Consulta situación tributaria.

Débito bajo no es crédito automático ni devolución

Si la operación no genera débito de IVA (exenta, no sujeta o con el tratamiento de exportación que la norma asigne), tu declaración puede mostrar poco débito y, si compraste gravado, crédito. Eso no es un botón de devolución. El saldo se arrastra, se compensa o se pide en devolución general según el caso.

No tomes crédito de gastos ajenos al giro exportador. El crédito fiscal sigue exigiendo nexo y documento válido.

Estima escenarios con la calculadora IVA sin copiar el número al formulario. La calculadora no conoce tu calificación jurídica.

Bienes y servicios exentos no son el mismo cajón que una exportación. Etiqueta cada línea.

Factura electrónica: receptor, moneda y notas

Emite en el canal autorizado, con certificado digital vigente. La autorización no es opcional porque el cliente no tenga cédula costarricense.

Si te equivocas de monto o de alcance, usa nota de crédito, no un segundo XML silencioso. Anular cuando corresponde: anular.

TICOFACTURA u otro emisor: confirma campos de exportación en la ayuda oficial. TICOFACTURA. Cómo empezar: factura electrónica.

Retenciones en el país del cliente no sustituyen tu cierre ante Hacienda. Retención de renta sufrida es otra bolsa, de renta, no de IVA.

D-104 y Formulario 150: casillas que no se adivinan

Declara el período en el canal que te corresponda. D-104 o Formulario 150. Conciliación: FE y D-104.

No metas exportaciones en la misma casilla de ventas gravadas locales “para que cuadre el Excel”. El cruce de Hacienda compara FE y declaración.

Si ya declaraste mal, rectifica. No esperes un requerimiento.

TRIBU-CR puede cambiar menús. Confirma el instructivo del período. Sanciones Formulario 150.

Simplificada, renta y el mito de no declarar

Tributación simplificada no te convierte en exportador automático. Evalúa si el régimen te sirve con tu mezcla de clientes locales y del exterior.

El IVA exportado no apaga el D-101 ni los pagos parciales. Estima con calculadora ISR.

Períodos sin ventas locales igual pueden exigir declaración. Confirma omisos en cuenta corriente.

Paga por canal oficial si hay residual local: pagar en ATV.

Ejemplo ilustrativo: estudio de software con cliente en EE. UU.

Un estudio en Heredia factura sprints a una LLC. El contrato dice que el software se usa fuera de Costa Rica. Guardan orden, FE, SWIFT y actas de entrega. En el D-104 o Formulario 150 clasifican según el instructivo, no según el tipo de cambio del banco.

Compran hosting y laptops con IVA. El crédito se toma solo en lo que la norma permita. El saldo a favor, si existe, sigue las reglas de arrastre o devolución general, no el reintegro de turismo.

Hábitos: /para/pymes. Si el alcance se recorta, nota de crédito.

Didáctico. Tu CABYS y tu contrato mandan. Confirma en Hacienda.

Ejemplo ilustrativo: diseñador que factura a una pyme de San José y a un cliente en España

El diseñador mezcla dos mundos. La pyme local es gravada según reglas generales. El cliente español puede ser exportación si se cumplen condiciones. Un solo XML “mixto” mal armado ensucia el mes.

Independientes: /para/freelancers. La guía operativa de cobro está en facturar al extranjero. Esta nota no la sustituye: la complementa en IVA.

No uses el reintegro médico ni el de turismo como plantilla. Servicios médicos y turismo son otro trámite.

Si cierra el negocio, baja de actividad con declaraciones al día, no con XML de exportación sueltos.

Errores que convierten la exportación en un omiso

No emitir FE porque el cliente “no la pide”. No declarar el período. Meter todo como gravado local o todo como exento sin criterio. Tomar crédito de gastos personales.

Copiar el expediente de turismo. Copiar el de medicina. Pedir devolución sin conciliar.

Anular por pánico cuando debió ser crédito. Anular.

Padrón sucio: RUT. Sin certificado de situación tributaria el cliente corporativo tampoco te contrata, pero eso no es el IVA.

Paso a paso de cierre del mes exportador

1) Lista contratos y países. 2) Clasifica cada FE. 3) Junta pruebas de uso fuera si aplican. 4) Emite y espera estados. 5) Aplica notas. 6) Separa débito local y tratamiento de exportación.

7) Cruza compras y crédito. 8) Borrador D-104 o Formulario 150. 9) Compara con calculadora IVA. 10) Presenta. 11) Paga o documenta saldo. 12) Archiva.

Checklist: checklist fiscal mensual. Calendario: calendario.

ATV: entrar y recuperar clave.

Cómo Nompli entra (y qué no hace)

Nompli estima IVA e ISR y recuerda fechas. No presenta D-104 ni Formulario 150. No califica por ti si el servicio es exportación.

Usa calculadora IVA, calculadora ISR, calendario y checklist.

La calificación la cierras con tu contador y con el texto de Hacienda del período.

Hubs: /para/pymes y /para/freelancers. Si el mes mezcla clientes locales y del exterior, arma dos subtotales antes de abrir el formulario. Un solo número de ventas en el Excel es la forma más rápida de meter exportaciones en la casilla de gravadas. El cruce de FE no perdona ese atajo.

Compensación, cuenta corriente y el saldo que parece exportación

Un mes exportador puede dejar crédito. Léelo en cuenta corriente después de declarar, no antes. La cuenta no califica el servicio: muestra movimientos.

Si hay deuda de renta y crédito de IVA, no cruces a ojo. Compensación es un acto.

Si Hacienda pregunta, responde el requerimiento con contratos y FE, no con un mapa de PayPal.

Confirma siempre en hacienda.go.cr. Si un colega te pasa una captura de casillas de 2023, úsala como recuerdo, no como instructivo. El Formulario 150 y el D-104 cambian de piel. Tu expediente de contratos no cambia de obligación por eso.

Moneda, tipo de cambio y lo que no inventes

La FE puede ir en moneda extranjera si tu emisor y la norma lo permiten. El colón para libros y declaraciones sigue el criterio que exija el instructivo del período. No inventes una tasa BCCR. Anota fuente, fecha y monto.

El banco no declara por ti. PayPal y Wise tampoco. El cierre es D-104 o Formulario 150 más D-101 cuando toque.

Si el cliente pide factura “sin impuesto” y el servicio se usa en Costa Rica, eso no es exportación. Cobra y declara según el hecho real.

Prorrata: si mezclas gravado local y exportación, tu contador aplica el criterio de crédito que la norma pida. No improvises un porcentaje redondo. Documenta el denominador (total de operaciones) y el numerador (las que generan derecho a crédito) en una hoja que sobreviva a un oficio. Sin esa hoja, el crédito se defiende con adjetivos.

Expediente de evidencias y el cliente con matriz afuera

Arma una carpeta por cliente extranjero: contrato o SOW, orden del mes, FE con clave, XML, representación gráfica, comprobante de cobro, tipo de cambio anotado con fuente, y un párrafo de dónde se usa el servicio. Si el cliente es relacionado, agrega política de precios y correos de aceptación del entregable. Sin ese paquete, el IVA de exportación es un relato.

Traduce al español lo esencial si el contrato está en inglés. Un anexo de dos páginas con objeto, territorio de uso y contraprestación se lee. Si el servicio se presta en parte en Costa Rica (taller, instalación, capacitación en sitio) y en parte fuera, no etiquetes todo el XML como exportación. El hecho mixto es origen clásico de un requerimiento.

Una sociedad de Zapote que te pide factura como exportación porque la matriz está en Delaware no convierte el servicio en exportación por slogan. El receptor de la FE, el lugar de uso y la norma mandan. Un no domiciliado que te pide emitir a una sucursal local para facilitar el pago puede meterte en gravamen local. Elige un receptor coherente.

Valida situación tributaria del receptor local antes de emitir. Guarda el expediente el mismo número de años que tu asesor indique. Nombra archivos con cédula, período y clave, no con final_final_v3.

Preguntas frecuentes

¿Toda factura a un extranjero es exportación de servicios?

No. Depende de la norma, del uso del servicio y de cómo documentas. Confirma en Hacienda.

¿Esto es el reintegro de turismo?

No. Turismo y exportadores es otro trámite.

¿Sustituye la guía de facturar al extranjero?

No. Facturar al extranjero cubre el operativo de cobro y emisión.

¿Nompli presenta el Formulario 150?

No. Nompli no presenta D-104 ni Formulario 150.

¿Debo emitir factura electrónica igual?

Sí, según tu obligación de emisor. Confirma en Hacienda.

¿Puedo no declarar un mes sin ventas locales?

No lo asumas. Revisa omisos y el calendario oficial.

Aviso legal

Guía educativa para Costa Rica. No sustituye la Ley del IVA, reglamentos de exportación de servicios ni la opinión de tu contador.

Confirma calificación, CABYS, casillas y plazos en hacienda.go.cr, ATV y TRIBU-CR. Nompli no presenta D-104 ni Formulario 150.

Los ejemplos son ilustrativos. Un contrato con relacionados o con uso mixto en territorio nacional requiere revisión profesional.

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