DIAN · IVAColombia28 de julio de 202619 min

Formulario 210 DIAN 2026: novedades de la declaración de renta personas naturales (AG 2025)

Qué cambió en el formulario 210 para declarar renta AG 2025 en 2026: UVT $49.799, topes, dependientes de crianza, exógena desde julio, vencimientos ago–oct y checklist DIAN.

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Equipo Nompli

Formulario 210 DIAN 2026: novedades de la declaración de renta personas naturales (AG 2025)

Por qué el formulario 210 importa ahora

El formulario 210 es la declaración de renta de personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes. En 2026 presentas el año gravable 2025. Las sociedades usan el formulario 110; no mezcles ambos.

La temporada 2026 no es “la misma del año pasado con otra fecha”. Confluyen UVT 2025 para topes, Ley 2388 (familias de crianza), efectos de reforma laboral, normalización tributaria (Decreto 0240/2026), exógena unificada y más cruces DIAN (billeteras, cripto, apuestas).

Si buscas “formulario 210 2026”, “novedades declaración renta DIAN” o “cuándo declarar renta Colombia 2026”, aquí tienes el mapa operativo antes de abrir MUISCA.

Datos clave AG 2025 (presentación 2026)

UVT del año gravable 2025: COP$49.799 (Resolución DIAN 000193/2024). Con ella se miden topes de obligación de declarar.

UVT 2026: COP$52.374. Se usa para sanciones e indicadores del AG 2026, no para recalcular los topes del AG 2025. No mezcles ambas.

Topes orientativos AG 2025 (con UVT $49.799): patrimonio bruto superior a 4.500 UVT ≈ COP$224.096.000; ingresos brutos / compras / consignaciones / tarjeta ≈ 1.400 UVT ≈ COP$69.719.000. Si cruzas cualquiera de los supuestos legales, declara aunque “sientas” que no te toca.

Vencimientos de presentación y pago: del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026 según últimos dígitos del NIT (calendario del Decreto 2229/2023 y actualizaciones DIAN). Confirma tu día exacto en dian.gov.co.

Desde el 21 de julio de 2026 la DIAN habilita consulta de información exógena AG 2025 como apoyo (no sustituye tus soportes reales).

Novedades que más pegan al 210

Dependientes: hijos y padres de crianza reconocidos (Ley 2388/2024). El formulario pide control del número de dependientes; hay deducciones por dependiente con topes en UVT (revisa casillas vigentes del 210).

Compras con factura electrónica: control del 1% de compras soportadas (tope en UVT). El aplicativo puede pedir cruzar con archivos de facturas del portal.

Reforma laboral (Ley 2466/2025): puede afectar bases y conceptos de ingresos laborales; valida con tu contador cómo se refleja en cédulas.

Normalización tributaria (Decreto 0240/2026): si regularizaste activos omitidos, el efecto llega a la declaración; no ignores el rastro en exógena.

Cruces DIAN: billeteras digitales, criptoactivos y apuestas en línea. Si aparece en reportes de terceros y tú no lo declaras, espera requerimiento.

Estructura cedular del 210 se mantiene (renta de trabajo, capital, no laborales, etc.): cada cédula tiene sus propias reglas de depuración.

Cómo presentarlo (pasos prácticos)

1. Inscríbete / actualiza RUT y firma electrónica DIAN.

2. Consulta exógena AG 2025 en el portal y descarga reportes; confronta con extractos, certificados de ingresos y retenciones, facturas.

3. En MUISCA elige Formulario 210 del año gravable 2025 (no uses un 210 de otro año para corregir historia distinta).

4. Diligencia cédulas, dependientes, rentas exentas, deducciones y liquidación. Si usas Ayuda Renta, valida cada sugerencia.

5. Firma, presenta y paga si hay saldo. Guarda acuse PDF.

6. Si hay diferencias con terceros, pide corrección al reportante; la DIAN no edita la exógena por ti.

Checklist antes de enviar el 210

□ Confirmaste si estás obligado (patrimonio, ingresos, compras, consignaciones, tarjeta).

□ Usaste UVT $49.799 para topes AG 2025 y UVT $52.374 solo para sanciones 2026.

□ Cruzaste exógena vs certificados de retención y extractos.

□ Dependientes (incluyendo crianza) documentados.

□ Facturas electrónicas de compras si tomas el beneficio del 1%.

□ Cédulas sin mezclar rentas.

□ Fecha de vencimiento según dígitos del NIT.

□ Simulación educativa en calculadora ISR.

□ Alerta en calendario tributario.

Errores frecuentes

Mezclar UVT 2025 y 2026.

Creer que “no declaro porque no trabajé todo el año” sin revisar patrimonio o consignaciones.

Confiar 100% en Ayuda Renta / precarga sin soportes.

Olvidar cripto, billeteras o apuestas que ya reportaron terceros.

Presentar formulario 110 siendo persona natural residente (o al revés).

Declarar fuera de plazo pensando que “después corrijo barato”.

Preguntas frecuentes

¿El 210 es para sociedades?

No. Sociedades → formulario 110. Naturales residentes → 210.

¿Cuándo vence?

Entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026 según NIT. Confirma tu día en DIAN.

¿La exógena me obliga a esos valores?

Es guía. Tú declaras la realidad económica con soportes.

¿Puedo corregir después?

Sí, con declaración de corrección; puede haber sanción e intereses si aumenta el impuesto.

¿Dónde profundizo UVT 2026?

/blog/uvt-2026-planeacion-fiscal-pymes.

Enlaces internos

Cómo Nompli te ayuda

Centraliza retenciones, vencimientos y proyecciones para llegar al 210 sin carpetas dispersas.

Usa la calculadora ISR y el calendario.

Disclaimer y confirmación oficial

Guía educativa. Topes, casillas y vencimientos exactos se confirman en dian.gov.co y Estatuto Tributario. Valida con contador antes de presentar o pagar. Decretos de emergencia/normalización pueden estar sujetos a cambios o control constitucional.

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